
Durante los días: 31 de octubre, 1, 2 y 3 de noviembre se aplicarán de manera obligatoria las siguientes medidas:
- La playa de la parroquia Puerto Cayo permanecerá abierta de 5:00 a 16:00. La Policía Nacional, Cuerpo de Bomberos, la Municipalidad de Jipijapa y demás instituciones coordinarán acciones y designarán personal permanente para velar el cumplimiento de esta medida.
- Se dispone restricción de movilidad de vehículos particulares y de personas, desde las 23:00 hasta las 5:00, salvo situaciones de urgencia y fuerza mayor. Se exceptúa también a esta disposición a los comerciantes que se movilizan para la realización de la feria campesina. Los taxis y el transporte público en cualquiera de sus modalidades podrán circular libremente, con el fin de cubrir la demanda que pudiera presentarse por situaciones emergentes.
- Se mantiene prohibido el funcionamiento de discotecas, bares y establecimientos de categoría 1, 2 y 7.
- Se exhorta a los propietarios de restaurantes y lugares donde se expenden alimentos y comidas rápidas, se cumpla con el aforo del 50% permitido, dando cumplimiento a las medidas de bioseguridad.
- Se ratifica el cierre de cementerios públicos y privados en toda la jurisdicción cantonal, incluyendo sus parroquias
- Se mantiene prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en la vía y espacios públicos como parques, veredas, entre otros; para cuyo efecto, se intensificarán los controles de esta resolución.
- Se exhorta a los propietarios de licorerías para que el expendio de bebidas alcohólicas se realice únicamente con servicio a domicilio, en el horario establecido.
- Se prohíbe la concurrencia masiva a eventos públicos, políticos, deportivos, culturales o de otra índole.
- De conformidad con la resolución emitida por la ANT, el transporte inter e intraprovincial, laborará de manera paulatina y ordenada con el 75% de aforo de pasajeros y el 100% de frecuencias, cumpliendo con los protocolos de bioseguridad correspondientes.
- Se exhorta a la ciudadanía a tomar todas las previsiones necesarias y ser conscientes de que es responsabilidad individual, adoptar medidas de bioseguridad para evitar la propagación del virus en el cantón.
- Se deja constancia que las medidas dispuestas son aplicables de manera obligatoria durante el feriado de los fieles difuntos decretado en el país, es decir, los días 31 de octubre, 1, 2 y 3 de noviembre, a excepción de los sepelios que deban cumplirse en este período.
- Se dispone la publicación de las resoluciones adoptadas por el Pleno del COE Cantonal de Jipijapa para su obligatorio cumplimiento.
















